Nacional - Seguridad y Justicia

La Corte o el gobernador pueden liberar a mujeres que abortaron: magistrado

2010-08-11

Para Valadez Reyes, ex procurador de Derechos Humanos de Guanajuato, el papel de la defensa en una...


Carlos García y Jaime Avilés, La Jornada

Guanajuato, Gto.,. El Supremo Tribunal de Justicia de Guanajuato tiene que analizar los expedientes de las seis mujeres que están purgando penas por "homicidio en razón de parentesco", sostuvo hoy aquí el magistrado Miguel Valadez Reyes, quien en junio anuló la condena de 27 años de prisión dictada contra Alma Yareli Salazar Saldaña por el mismo supuesto delito.

En los casos de las seis jóvenes que permanecen tras las rejas, Valadez Reyes observó "constantes que se repiten", como miseria, ignorancia y el hecho de que todas abortaron en zonas rurales de los municipios de Dolores Hidalgo y San Miguel de Allende; advirtió que sólo podrán recobrar su libertad si la Suprema Corte de Justicia de la Nación les otorga un amparo o el gobernador de Guanajuato, Juan Manuel Oliva Ramírez, las indulta.

El magistrado consideró que se hubiera cometido "una injusticia del más alto nivel" si no se hubiera absuelto a Alma Yareli de la pena de 27 años de cárcel que le impuso un juez de primera instancia, de los cuales ya había cumplido tres cuando el Supremo Tribunal de Justicia la declaró inocente, luego de probar científicamente que el producto que expulsó en forma involuntaria presentaba un desarrollo cerebral mínimo, que le causó la muerte.

Para Valadez Reyes, ex procurador de Derechos Humanos de Guanajuato, el papel de la defensa en una segunda instancia es fundamental, porque sus puntos de vista "orientan al juzgador" para absolver o ratificar la sentencia. "Nosotros, con los alegatos, con los argumentos que se hacen valer, necesariamente debemos ver si el defensor está señalando tal cosa, está argumentando tal otra; entonces, si yo iba a llegar a una conclusión, con mayor razón tengo que llegar a ella, en vista de los argumentos que me presentan".

Al analizar las supuestas "pruebas científicas" aportadas por el Ministerio Público, que resultaron "dogmáticas y por ello irrelevantes", el también ex procurador de Justicia no encontró elementos que demostraran que Alma Yareli asesinó al producto que expulsó de su cuerpo.

En la revisión de su sentencia ante el Tribunal Superior –continuó–, "la acusada tuvo una defensora que dio un pliego de argumentaciones serio, extenso y sólido". La apreciación de que Alma Yareli Salazar era asesina, y en la cual el juez de primera instancia se basó para condenarla a 27 años de prisión, se vino abajo cuando nuevos estudios periciales "nos llevaron a concluir que la madre no privó de la vida al hijo", explicó el magistrado de la décima sala penal.

En cuanto a los casos de Araceli Camargo, Ofelia Frías, Susana Dueñas, Ana Rosa Padrón, Yolanda Martínez y Liliana Moreno, el jurista consideró que la pobreza, la marginación, la ignorancia, la falta de estudios y el hecho de que todas vivían en comunidades rurales de Dolores Hidalgo y San Miguel de Allende, "son factores que deben ser motivo para que el Supremo Tribunal de Justicia analice sus expedientes", pues no descartó la posibilidad de que ellas también sean víctimas de injusticias como la que se estaba cometiendo contra Alma Yareli.

"Si las mujeres que en Guanajuato padecen pobreza, ignorancia y marginación tuvieran acceso a educación, información sexual y al desarrollo no se verían en situaciones como las que ahora están en debate público, que además deberían ser atenuantes a la hora de dictarles una sentencia", dijo.

El magistrado recordó que el Tribubal Superior ya confirmó las condenas de las seis campesinas prisioneras, básicamente porque todas ellas fueron representadas por defensores que no pudieron revertir sus sentencias, por lo que señaló que ahora sólo pueden liberarlas "la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por la vía del amparo, o el gobernador (Juan Manuel Oliva Ramírez), si las indulta".

Por su parte, Raquel Barajas Monjarás, presidenta del Supremo Tribunal de Justicia estatal, y los magistrados Alfonso Fragoso e Imelda Carbajal –quienes ratificaron las sentencias de las seis mujeres– defendieron en conferencia de prensa el trabajo que realizaron, porque, a su modo de ver, "quedó demostrado que las acusadas asesinaron a sus hijos recién nacidos".

"En los casos de homicidio en razón de parentesco, que dieron lugar a sentencias condenatorias, la resolución del juez se sustentó en exámenes periciales que probaron que la víctima nació y vivió fuera del seno materno, y que su muerte se produjo como consecuencia de la conducta de su progenitora", aseveró Barajas Monjarás, pasando por alto que eso mismo se había dicho de Alma Yareli, hasta que una buena abogada defensora demostró que las conclusiones de los peritos en medicina forense eran "irrelevantes, porque se basaron en criterios dogmáticos".



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